Datos biométricos y genéticos

Tratamiento y protección de datos en los paises de la Unión Europea

¿Es Legal Conservar Datos Biométricos y Genéticos Sin Límite Temporal?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera contrario al derecho de Unión la conservación indefinida de datos biométricos y genéticos de condenados, hasta el fallecimento de la persona.

Por lo tanto, las autoridades policiales no pueden conservar, hasta el fallecimiento del interesado, datos biométricos y genéticos relativos, por el mero hecho de HABER SIDO CONDENADO PENALMENTE CON SENTENCIA FIRME  por un delito doloso. Dicho almacenamiento de datos, aunque el país miembro lo justifique por fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, no puede mantenerse hasta la muerte de la persona condenada; las autoridades nacionales deben imponer al responsable del tratamiento la obligación de revisar periódicamente si la conservación sigue siendo necesaria, o si hay que  conceder al  titular de los datos el derecho a la supresión.

El Derecho de la Unión Europea establece límites a la conservación de datos biométricos y genéticos de personas condenadas penalmente. La reciente sentencia del Tribunal de Justicia prohíbe la conservación general e indiferenciada de estos datos hasta el fallecimiento. Este artículo examina el caso específico de Bulgaria y la obligación de revisar periódicamente la necesidad de conservación.

¿Cuál fue el caso específico en Bulgaria que llevó a esta sentencia?

En Bulgaria, una persona condenada por falso testimonio solicitó la cancelación de su inscripción en el registro policial después de cumplir su condena y recibir rehabilitación. Sin embargo, el registro mantenía sus datos de forma indefinida según la legislación búlgara, incluso después de la rehabilitación. Ante la denegación de su solicitud, el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo búlgaro antepuso una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

¿Cuás son los datos biométricos y genéticos que se conservan y que forman objeto de tratamiento y proteccíon de datos?

El Tribunal identificó que los datos en cuestión incluyen huellas dactilares, fotografía y una muestra de ADN, así como información sobre los delitos cometidos y las condenas. Aunque estos datos pueden ser cruciales para investigaciones futuras, la conservación ilimitada carece de justificación en casos donde el riesgo de reincidencia no está claramente presente; en su razonamiento subraya el Tribunale de la Unión el hecho de que no todas esas personas presentan el mismo grado de riesgo de verse involucrados en otros delitos, tal como para justificar un plazo uniforme de conservación de sus datos.

¿Cómo afecta la sentencia a la legislación nacional?

La sentencia establece que la normativa nacional debe imponer la obligación de que el responsable del tratamiento revise periódicamente la necesidad de conservación de estos datos. Además, reconoce el derecho del individuo a la supresión de los datos cuando ya no sean necesarios, incluso después de una condena firme.

¿Cuáles son los criterios para determinar la necesidad de conservación de datos?

El Tribunal enfatiza que la conservación indefinida solo es apropiada en circunstancias particulares y debidamente justificadas. Factores como la naturaleza y gravedad del delito, así como la falta de reincidencia, deben ser evaluados al determinar la necesidad de conservación.

¿Cuál es la implicación para la protección de datos y la privacidad individual?

La sentencia resalta la importancia de equilibrar la necesidad de conservar datos para la seguridad pública con la protección de la privacidad individual. Establece que la conservación general e indiferenciada no cumple con este compromiso jurídico y subraya la obligación de revisar periódicamente la necesidad de conservación.

¿Cómo puede afectar esta sentencia a futuros casos similares?

La sentencia sienta un precedente claro sobre los límites de la conservación de datos biométricos y genéticos en casos de personas condenadas. Los tribunales nacionales ahora deben ajustar sus prácticas a los estándares establecidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

(SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA de la Unión Europea, Gran Sala, 30 de Enero de 2024, C-118/2022)

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